Las categorías del monotributo determinan cuánto puede facturar un contribuyente por año y cuál será el importe mensual a pagar. En 2025, los montos se actualizaron nuevamente, por lo que es clave revisar tu categoría para evitar errores, recategorizaciones de oficio o la exclusión del régimen.
A continuación encontrarás la tabla completa de categorías con los valores vigentes para 2025 y una guía clara para identificar la categoría correcta.
Cómo funcionan las categorías del monotributo
Las categorías se definen principalmente por la facturación anual, aunque también pueden influir otros parámetros:
- Tipo de actividad (servicios o venta de bienes).
- Consumo de energía eléctrica.
- Metros cuadrados afectos a la actividad.
- Alquileres devengados.
Podés verificar información oficial desde AFIP – Monotributo.
Tabla completa de categorías del monotributo 2025
| Categoría | Tope de facturación anual | Cuota mensual Servicios | Cuota mensual Bienes |
|---|---|---|---|
| A | $8.992.597,87 | $ 37.085,74 | $ 37.085,74 |
| B | $ 13.175.201,52 | $ 42.216,41 | $ 42.216,41 |
| C | $ 18.473.166,15 | $ 49.435,58 | $ 48.320,22 |
| D | $22.934.610,05 | $ 63.357,80 | $ 61.824,18 |
| E | $26.977.793,60 | $ 89.714,31 | $ 81.070,26 |
| F | $33.809.379,57 | $ 112.906,59 | $ 97.291,54 |
| G | $40.431.835,35 | $ 172.457,38 | $ 118.920,05 |
| H | $61.344.853,64 | $ 391.400,62 | $ 238.038,48 |
| I | $68.664.410,05 | $ 721.650,46 | $ 355.672,64 |
| J | $78.632.948,76 | $ 874.069,29 | $ 434.895,92 |
| K | $94.805.682,90 | $1.208.890,60 | $ 525.732,01 |
Las categorías A a H aplican a servicios y bienes.
Las categorías I, J y K son exclusivas para venta de bienes.
Cómo saber qué categoría te corresponde
Para determinar tu categoría en 2025 deberás:
- Sumar toda tu facturación de los últimos 12 meses.
- Identificar si tu actividad está registrada como servicios o bienes.
- Comparar el monto con los topes de la tabla.
- Si estás cerca del límite, controlar tu facturación cada mes para evitar exclusiones.
Podés consultar tu actividad o revisar tu inscripción desde Portal Monotributo AFIP.
Cuándo corresponde recategorizarse
La recategorización se realiza dos veces al año. Debés recategorizarte si:
- Cambió tu nivel de facturación.
- Modificaste tu actividad económica.
- Tu alquiler o consumo energético aumentó.
- Superaste o quedaste por debajo de los parámetros de tu categoría actual.
Si tus valores siguen dentro del rango, no necesitás hacer ningún cambio.
Qué pasa si superás tu categoría
Si te excedés de los topes de facturación:
- AFIP puede pasarte automáticamente a una categoría superior.
- Si la diferencia es grande, pueden excluirte del monotributo.
- En ese caso, pasarías al régimen general: IVA + Ganancias + Autónomos.
Esto implica costos más altos, por lo que conviene controlar la facturación mes a mes.
Consejos para mantener tu categoría correcta
- Revisá tu facturación acumulada cada mes.
- Guardá copias de tus comprobantes.
- Verificá tu historial en Comprobantes en Línea.
- Evitá facturar montos grandes de golpe si te ubican cerca del límite.
- Si estás por superar un tope, evaluá anticiparte a la recategorización.
Preguntas frecuentes
¿Las categorías cambian todos los años?
Sí, AFIP actualiza los montos anualmente.
¿Los topes para bienes y servicios son los mismos?
No. Bienes tiene topes más altos y más categorías disponibles.
¿Puedo recategorizarme fuera de fecha?
No. Solo en los períodos habilitados por AFIP.
¿Qué pasa si me olvidé de recategorizarme?
AFIP puede recategorizarte de oficio según tus datos de facturación.
