Desde enero de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el trámite para que miles de contribuyentes puedan recuperar hasta el 30 % de las percepciones por gastos en moneda extranjera realizados durante 2025. Esta medida permite recuperar parte de lo que se pagó como adelanto a cuenta de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.
¿Quiénes pueden pedir la devolución?
La forma de solicitar el reintegro depende de tu situación fiscal. En general, pueden acceder:
1. Personas que no están alcanzadas por Ganancias ni Bienes Personales
Si no debés tributar estos impuestos, podés hacer el trámite directamente online desde el portal de ARCA con tu CUIT y Clave Fiscal. El sistema reconocerá automáticamente las percepciones que te aplicaron.
2. Asalariados y jubilados con retenciones de Ganancias
Si tu empleador te retuvo Ganancias en 2025, la devolución se realiza a través del formulario Siradig – Trabajador (completado dentro de ARCA). Las percepciones deben cargarse como “pagos a cuenta” y la devolución se hace en la liquidación anual del impuesto, generalmente en abril/mayo.
3. Contribuyentes inscriptos en Ganancias y/o Bienes Personales
En estos casos, la devolución no se solicita con un trámite independiente: las percepciones se declaran como pagos a cuenta en las declaraciones juradas correspondientes a 2025, lo que puede reducir el impuesto final o generar un crédito fiscal.
¿Qué gastos permiten pedir el reintegro?
El reintegro del 30 % aplica a percepciones que se aplicaron en:
- ✔️ Compra de dólares oficiales durante 2025.
- ✔️ Gastos en el exterior con tarjeta de crédito o débito (tarjeta en el exterior).
- ✔️ Pagos a proveedores en el exterior o servicios digitales (como streaming o software).
- ✔️ Pasajes y servicios turísticos pagados en moneda extranjera.
Estas percepciones funcionaron como adelantos de impuestos, y ahora podés recuperarlas si corresponde.
Cómo hacer el trámite paso a paso
Si no estás alcanzado por Ganancias o Bienes Personales:
- Entrá al sitio de ARCA con tu CUIT y Clave Fiscal.
- Buscá el servicio “Devolución de percepciones”.
- Elegí el período fiscal (por ejemplo, 202501 para enero de 2025).
- El sistema te mostrará las percepciones registradas.
- Si falta alguna, podés cargarla manualmente con la documentación correspondiente.
- Si falta alguna, podés cargarla manualmente con la documentación correspondiente.
- Presentá la solicitud y seguí el estado del trámite desde el portal.
Importante: Tener correctamente registrada tu CBU/CVU agiliza la acreditación de la devolución.
Plazos y consideraciones
- El trámite puede iniciarse desde enero de 2026 para las percepciones de 2025.
- En el caso de empleados con retenciones de Ganancias, la presentación del Siradig vence el 31 de marzo.
- La devolución efectiva podría demorar meses, dependiendo de la situación fiscal y la carga de datos.
Consejos para aprovechar al máximo el trámite
✔️ Revisá tus percepciones antes de cargarlas para evitar errores.
✔️ Esperá a que los agentes informen las percepciones (por ejemplo, tarjetas o aerolíneas) para que aparezcan automáticamente.
✔️ Mantené tu Domicilio Fiscal Electrónico actualizado para recibir notificaciones oficiales de ARCA.
