SIRTAC: qué es, cómo funciona y a quiénes alcanza

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El SIRTAC (Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra) es un régimen unificado de recaudación aplicado por varias provincias argentinas para cobrar de manera anticipada el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Afecta principalmente a contribuyentes inscriptos en Convenio Multilateral y se aplica sobre operaciones realizadas a través de medios electrónicos, tarjetas de crédito, débito y plataformas de cobro.

En esta guía vas a encontrar qué es, cómo funciona, qué provincias lo aplican, cómo revisar tus retenciones y qué hacer si sufrís débitos excesivos.

Qué es el SIRTAC

El SIRTAC es un sistema que permite a múltiples provincias recaudar de forma conjunta retenciones y percepciones de Ingresos Brutos sobre operaciones electrónicas realizadas por contribuyentes que venden o prestan servicios en más de una jurisdicción.

Fue creado por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral con el objetivo de:

  • Simplificar la recaudación para las provincias.
  • Homogeneizar criterios y alícuotas.
  • Reemplazar regímenes aislados de tarjetas y pagos digitales.
  • Combatir la informalidad en el comercio electrónico.

Las entidades recaudadoras (Visa, Mastercard, Mercado Pago, billeteras virtuales, adquirentes, etc.) actúan como agentes de retención.

A quiénes alcanza el SIRTAC

El régimen aplica principalmente a:

✔ Contribuyentes de Convenio Multilateral

Es decir, aquellos que desarrollan actividad en dos o más provincias.

✔ Empresas y emprendimientos que usan medios electrónicos de cobro

Entre ellos:

  • Tarjetas de crédito
  • Tarjetas de débito
  • Plataformas de pagos (Mercado Pago, Mobbex, Payway, etc.)
  • Botones de pago
  • Gateways de comercio electrónico

✔ Actividades comerciales y de servicios

Cualquier operación alcanzada por Ingresos Brutos puede ser retenida por SIRTAC.

Quiénes NO están alcanzados

  • Contribuyentes locales (inscritos solo en una provincia), salvo que la jurisdicción adhiera parcialmente.
  • Contribuyentes exentos de Ingresos Brutos.
  • Pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado Provincial, excepto en las provincias donde la adhesión lo contemple expresamente.

Cómo funciona el SIRTAC

Cada vez que realizás una venta o cobrás un servicio mediante tarjetas o plataformas electrónicas, las entidades de cobro aplican una retención automática sobre el monto acreditado.

Estos fondos se informan y derivan a la provincia que corresponda según los criterios del Convenio Multilateral.

¿Sobre qué importe se calcula?

SIRTAC se aplica sobre el importe bruto acreditado, antes de comisiones.

¿Qué determina la alícuota?

La alícuota depende de:

  • Provincia donde opera el contribuyente
  • Categoría de riesgo fiscal
  • Antecedentes de cumplimiento
  • Información de actividad declarada

La Comisión Arbitral publica sus resoluciones.

Qué provincias están adheridas al SIRTAC

La adhesión varía con el tiempo, pero actualmente participan la mayoría de las provincias que integran el Convenio Multilateral, entre ellas:

  • Buenos Aires
  • Córdoba
  • Chaco
  • Chubut
  • Entre Ríos
  • Jujuy
  • Mendoza
  • Misiones
  • Salta
  • Santa Cruz
  • Santa Fe
  • Tucumán

CABA no está adherida, por lo que aplica su propio régimen (SIRCREB/SIRCUPA).

Ventajas del SIRTAC para las provincias

  • Unifica sistemas dispersos.
  • Reduce evasión.
  • Asegura recaudación constante.
  • Facilita controles sobre comercio digital.

Desventajas para los contribuyentes

  • Débitos elevados cuando las alícuotas son altas.
  • Doble imposición si la actividad está mal declarada.
  • Dificultad para prever el impacto en el flujo de fondos.
  • Necesidad de gestionar saldos a favor en múltiples jurisdicciones.

Cómo consultar las retenciones de SIRTAC

La consulta debe hacerse desde la plataforma del agente de recaudación (por ejemplo, Mercado Pago o la entidad emisora de tarjeta), donde aparecen discriminados:

  • Monto retenido
  • Fecha
  • Provincia asignada
  • Comprobante de recaudación

Además, podés verificar credenciales, alícuotas y régimen aplicable desde los sistemas provinciales (ARBA, Rentas Córdoba, API Santa Fe, etc.).

Cómo evitar retenciones excesivas

Aunque no se pueden eliminar por completo, podés reducir su impacto mediante:

1. Declaración correcta de actividad y jurisdicciones

Errores en el padrón generan alícuotas más altas.

2. Estar al día con Ingresos Brutos

Muchas provincias aplican alícuotas diferenciales según riesgo fiscal.

3. Consultar si corresponde padrón de exclusión

Algunas jurisdicciones incluyen alícuotas cero para contribuyentes de bajo riesgo.

4. Usar plataformas de cobro que permitan ver retenciones en tiempo real

Ayuda a controlar posibles errores.

Qué hacer si las retenciones generan saldo a favor

Es común que los contribuyentes acumulen saldos a favor.
En ese caso:

  • Podés compensarlos contra futuros anticipos de Ingresos Brutos.
  • Solicitar devolución o acreditación según normativa provincial.
  • Ajustar actividad declarada para evitar sobrerrecaudación.

Cada provincia tiene su propio procedimiento de devolución.

SIRTAC y Convenio Multilateral: cómo interactúan

El régimen se integra automáticamente al sistema del Convenio:

  • Las retenciones se imputan como créditos fiscales en la jurisdicción correspondiente.
  • Deben declararse en el CM05 mensual.
  • Deben seguirse las reglas del coeficiente unificado.

Si vendés en varias provincias, el SIRTAC simplifica la identificación de la jurisdicción involucrada, pero también puede sumar carga administrativa.

Preguntas frecuentes

¿El SIRTAC reemplaza a SIRCREB?

No.
SIRCREB es bancario y provincial; SIRTAC es sobre tarjetas y medios electrónicos y opera en múltiples provincias.

¿Un monotributista puede sufrir SIRTAC?

Sí, si está inscripto en Convenio Multilateral.
Los monotributistas locales no deberían sufrirlo.

¿Afecta las ventas presenciales?

Solo si se cobran con tarjetas o medios electrónicos.

¿Se puede evitar legalmente?

No. Pero se pueden reducir alícuotas mejorando la situación fiscal.

¿Qué pasa si una plataforma aplica SIRTAC por error?

Debe solicitarse rectificación ante el organismo provincial correspondiente.