La Factura M es un tipo de comprobante que AFIP exige a ciertos contribuyentes cuando detecta inconsistencias fiscales, falta de documentación o riesgo fiscal.
A diferencia de la Factura A, la Factura M obliga al cliente a realizar retenciones y percepciones antes de pagar, lo que impacta de manera directa en el flujo de ingresos de quien la emite.
En esta guía vas a encontrar toda la información necesaria para entender qué es la Factura M, por qué se aplica, cómo se utiliza y qué hacer para volver a emitir Factura A.
Qué es la Factura M
La Factura M es un comprobante electrónico que deben emitir algunos Responsables Inscriptos cuando AFIP identifica que su situación fiscal requiere un control adicional.
Es similar a la Factura A porque discrimina IVA, pero se diferencia en un punto clave: el cliente debe practicar retenciones obligatorias.
Estas retenciones reducen notablemente el monto que recibe el proveedor, por lo que la Factura M suele considerarse una señal de alerta para revisar la situación fiscal.
Por qué AFIP obliga a emitir Factura M
AFIP exige este tipo de factura cuando detecta inconsistencias como:
- Falta de declaraciones juradas.
- Deudas considerables impagas.
- Movimientos económicos incompatibles con la categoría fiscal.
- Altas recientes que requieren verificación.
- Falta de documentación respaldatoria.
- Riesgo fiscal elevado según parámetros internos.
El objetivo es que parte del impuesto quede retenido por el comprador hasta que el contribuyente regularice su situación.
Quiénes deben emitir Factura M
La Factura M se aplica únicamente a:
- Responsables Inscriptos observados por AFIP.
- Contribuyentes con inconsistencias o fiscalización reciente.
- Sujetos alcanzados por medidas especiales de control.
No la emiten:
- Monotributistas.
- Exentos.
- Consumidores finales.
- Sujetos sin inconsistencias fiscales.
Cuándo corresponde emitir Factura M
La Factura M se emite en los mismos casos en que se emitiría una Factura A, pero solo si AFIP obliga mediante una resolución en el sistema.
Es decir, corresponde cuando:
- El emisor es Responsable Inscripto con observación.
- El receptor también es Responsable Inscripto.
- La operación requiere discriminar IVA.
Si el cliente es consumidor final o monotributista, se sigue usando Factura B.
Qué retenciones aplica la Factura M
El cliente está obligado a retener parte del pago antes de transferir el dinero al proveedor.
Las retenciones más comunes son:
Retención de IVA
AFIP establece que el cliente debe retener 100% del IVA discriminado en la factura.
Retención de Ganancias
El cliente debe retener un porcentaje adicional sobre el monto neto de la operación. Este porcentaje varía según actividad, categoría y normativa vigente.
Otras retenciones (según caso)
- Ingresos Brutos
- SUSS
- Régimen de información adicional
El monto que recibe el proveedor puede reducirse significativamente.
Ejemplo de retención por Factura M
Supongamos una factura de $100.000 + IVA 21%.
- Neto: $100.000
- IVA: $21.000
El cliente retiene:
- Retención de IVA: $21.000
- Retención de Ganancias: por ejemplo, 2% = $2.000
El proveedor recibe:
$77.000 (y no $121.000).
El resto queda depositado en AFIP como pago a cuenta del proveedor.
Información obligatoria en la Factura M
La Factura M incluye:
- Datos del emisor y receptor.
- CUIT, domicilio y condición frente al IVA.
- Detalle de servicios o productos.
- IVA discriminado.
- Indicación clara de que es Factura M.
- CAE y vencimiento.
- Leyendas obligatorias sobre retenciones y percepciones.
Es un comprobante formal igual a la Factura A, pero con restricciones.
Cómo emitir una Factura M en AFIP
El proceso es similar al de la Factura A:
- Ingresar a Comprobantes en línea.
- Elegir punto de venta habilitado para factura M.
- Seleccionar tipo de comprobante: Factura M.
- Cargar datos del cliente.
- Ingresar descripción y montos.
- Generar y enviar la factura.
Generalmente AFIP bloquea automáticamente las Facturas A cuando debe emitirse Factura M.
Cómo volver a emitir Factura A (salir de Factura M)
Para dejar de emitir Factura M y recuperar la Factura A, es necesario regularizar la situación fiscal.
Pasos recomendados
- Presentar declaraciones juradas atrasadas.
- Cancelar deudas o acordar un plan de pagos.
- Actualizar actividades y datos en AFIP.
- Responder requerimientos fiscales.
- Aportar documentación de respaldo si corresponde.
Luego de regularizar, AFIP actualiza la condición y habilita automáticamente la emisión de Factura A.
Factura A con leyenda “Operación sujeta a retención”
En algunos casos, AFIP permite emitir Factura A pero exige que se incluya una leyenda indicando que el cliente debe retener una parte del IVA o de Ganancias.
Esto suele aplicarse como paso intermedio entre Factura M y Factura A normal.
Diferencias entre Factura M y otros comprobantes
| Tipo de factura | IVA | Retenciones | Requisitos |
|---|---|---|---|
| Factura A | Discriminado | No obligatorias | Responsable Inscripto regular |
| Factura M | Discriminado | Obligatorias | Responsable Inscripto observado |
| Factura B | Incluido, no discriminado | No aplica | Ventas a no inscriptos |
La Factura M se utiliza exclusivamente para contribuyentes con observaciones.
Preguntas frecuentes sobre Factura M
¿Un monotributista puede recibir Factura M?
Sí. Pero no tiene impacto en IVA porque el monotributista no toma crédito fiscal.
¿Puedo emitir Factura A mientras AFIP me obliga a emitir M?
No. El sistema bloquea automáticamente la emisión de Factura A.
¿Las retenciones me quedan a favor?
Sí. Se toman como pagos a cuenta en tus declaraciones impositivas.
¿Cuánto tiempo dura la obligación de emitir Factura M?
Hasta que AFIP actualiza tu situación. Puede durar semanas o meses según el caso.
¿Puedo reclamar si considero que me asignaron Factura M por error?
Sí. Podés presentar un descargo o consulta en AFIP, aunque suele requerir regularización previa.
