La Factura A es uno de los comprobantes más utilizados en Argentina dentro del Régimen General. Es emitida principalmente por Responsables Inscriptos cuando venden bienes o prestan servicios a otros contribuyentes también inscriptos en IVA.
Entender cómo funciona es clave para profesionales, comercios y empresas que trabajan formalmente y necesitan discriminar el impuesto en sus operaciones.
En esta guía vas a encontrar una explicación completa sobre qué es la Factura A, cuándo corresponde usarla, qué información debe incluir y cuáles son las diferencias con otras facturas.
Qué es la Factura A
La Factura A es un comprobante que emiten los Responsables Inscriptos en IVA cuando venden bienes o prestan servicios a otros contribuyentes que también están inscriptos.
Es el único tipo de factura que:
- Discrimina el IVA (21%, 10,5%, 27% u otras alícuotas).
- Permite al receptor tomar ese IVA como crédito fiscal para compensarlo en su declaración mensual.
Por eso es la factura más usada en operaciones entre empresas, comercios y profesionales del Régimen General.
Quiénes pueden emitir Factura A
Solo pueden emitir Factura A quienes cumplan estas condiciones:
- Estar inscriptos como Responsables Inscriptos ante AFIP.
- Tener la situación fiscal regularizada (sin restricciones).
- No estar obligados a emitir Factura M.
La Factura A no puede ser emitida por:
- Monotributistas (solo emiten factura C).
- Exentos de IVA.
- Consumidores finales.
- Sujetos observados que deben emitir Factura M.
Cuándo corresponde emitir Factura A
La Factura A corresponde cuando el vendedor o prestador es Responsable Inscripto y el comprador también lo es.
Se usa en:
- Venta mayorista a empresas.
- Prestación de servicios profesionales a empresas o estudios.
- Proveedores contratados por otras compañías.
- Operaciones B2B (business to business).
Si el cliente es consumidor final, monotributista o exento, no corresponde emitir Factura A sino Factura B.
Qué datos debe incluir la Factura A
Como factura de uso profesional, tiene más información que otros comprobantes.
Debe contener:
Datos del emisor
- Razón social o nombre.
- CUIT.
- Condición frente al IVA.
- Domicilio comercial.
Datos del receptor
- Razón social o nombre.
- CUIT.
- Condición frente al IVA (Responsable Inscripto).
- Domicilio.
Detalle de la operación
- Fecha.
- Número de factura.
- Descripción de bienes o servicios.
- Precio neto.
- Alícuota de IVA correspondiente.
- IVA discriminado.
- Importe total de la operación.
Información fiscal adicional
- Código de autorización (CAE).
- Fecha de vencimiento del CAE.
- Tipo de cambio (si corresponde).
La discriminación del IVA es obligatoria porque es el elemento que permite al comprador computarlo como crédito fiscal.
Cómo emitir una Factura A
La Factura A debe emitirse de manera electrónica.
Pasos para emitirla desde AFIP
- Ingresar a afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal.
- Entrar al servicio Comprobantes en línea (o al sistema propio homologado).
- Configurar un punto de venta para facturas tipo A.
- Completar los datos del cliente.
- Cargar detalle de bienes o servicios.
- Confirmar y generar la factura.
La factura queda registrada automáticamente en AFIP.
Diferencias entre Factura A, Factura B y Factura M
Comparativa rápida
| Factura | Emisor | Receptor | IVA | Uso |
|---|---|---|---|---|
| A | Responsable Inscripto | Responsable Inscripto | Discriminado | Operaciones entre empresas |
| B | Responsable Inscripto | Consumidor final, monotributista, exento | Incluido, no discriminado | Ventas al público general |
| M | Responsable Inscripto observado por AFIP | Responsable Inscripto | Discriminado + retenciones | Casos de fiscalización especial |
La Factura A es la que se utiliza en operaciones profesionales formales donde debe discriminarse el impuesto.
Ventajas de la Factura A para el receptor
Cuando un Responsable Inscripto recibe una Factura A:
- Puede descontar el IVA abonado como crédito fiscal.
- Puede justificar la compra o gasto contable.
- Mejora su flujo impositivo.
- Facilita deducciones y registros contables.
Por eso muchas empresas requieren Factura A a sus proveedores.
Cuándo AFIP obliga a emitir Factura M en lugar de Factura A
AFIP puede obligar a un contribuyente a emitir Factura M si detecta inconsistencias fiscales, como:
- Falta de presentaciones.
- Deudas importantes.
- Irregularidades en facturación.
- Riesgo fiscal elevado.
La Factura M implica que el cliente debe retener parte del pago, por lo que puede afectar el flujo de ingresos del emisor.
Errores comunes al emitir Factura A
- Cargar mal la alícuota del IVA.
- Emitir Factura A a un cliente que no es Responsable Inscripto.
- No configurar correctamente el punto de venta.
- Discriminar impuestos que no corresponden.
- Omitir datos del receptor, lo que invalida el crédito fiscal.
Evitar estos errores es fundamental para no generar observaciones o reclamos posteriores.
Preguntas frecuentes sobre Factura A
¿Un monotributista puede emitir Factura A?
No. Solo emite Factura C.
¿La Factura A siempre discrimina IVA?
Sí. Es su característica principal.
¿Puedo emitir Factura A a un consumidor final?
No. Debe emitirse Factura B.
¿La Factura A sirve como crédito fiscal?
Sí, para el receptor Responsable Inscripto.
¿Qué pasa si emito mal una Factura A?
Debe corregirse mediante Nota de Crédito y volver a emitir el comprobante.
¿La Factura A puede ser manual?
No. Hoy casi todas son electrónicas, salvo casos excepcionales autorizados por AFIP.
